Posts con el tag "Contratos de trabajo "
Asesor virtual: Cobro con boleta a pesar de que firmo contrato cada seis meses. ¿Esta modalidad me permitirá recibir utilidades o algún otro beneficio?
Si te indican cómo, cuándo y dónde hacer tu trabajo, te supervisan y pueden sancionarte por algún incumplimiento, la empresa debería incorporarte en su planilla, pues existe una relación laboral. El pago que te hacen con boletas y la firma de un contrato cada seis meses evidencian dicha condición. De mantenerte como “independiente” no tendrás beneficio laboral alguno, es decir, no cobrarás CTS, utilidades, gratificaciones ni vacaciones, tampoco accederás a la seguridad social (EsSalud, AFP) pues los mismos solamente corresponden para los trabajadores que están en planilla. Sugerimos hablar con tu empleador para que te regularice; si no lo hace, puedes acudir a las autoridades respectivas.
Respuesta de Estudio Muñiz
Asesor virtual: ¿Es legal iniciar un proceso de despido contra alguien que se encuentra de vacaciones?
Cuando un trabajador se encuentra gozando de sus vacaciones, el vínculo laboral no concluye, se mantiene vigente, aplicándose únicamente de manera temporal una suspensión imperfecta (se efectúa el pago de la remuneración a pesar de no haber trabajo efectivo). Por dicho motivo, y no existiendo prohibición legal alguna, es posible que el empleador decida dar inicio al despido.
Sin embargo, cabe señalar que, de optar iniciar ese procedimiento, la empresa debe enviar una carta de pre aviso al domicilio del trabajador, con la finalidad de que se tenga por notificada y pueda darse inicio al cómputo de los seis días naturales para la emisión de los descargos correspondientes.
Respuesta de Avendaño y Forsyth Abogados
Asesor virtual: Fui despedido en el 2010 y, luego de un proceso judicial, fui reincorporado ¿Me corresponde el incremento de sueldo que hubo durante el tiempo que estuve despedido? Por otro lado, quisiera saber si aún estoy a tiempo de iniciar una demanda por reajuste de remuneraciones, daños y perjuicios.
La reposición judicial genera un efecto de continuidad en el vínculo laboral, como si este hubiera seguido laborando de manera ininterrumpida durante el lapso de inactividad producido por el despido. Razón por la cual, el incremento remunerativo que se haya aplicado sobre los trabajadores de la misma categoría o de la misma área que el trabajador repuesto será aplicable también a este último.
Por otro lado, es posible interponer una nueva demanda laboral para solicitar el reajuste remunerativo. Cabe indicar que el cómputo del plazo de prescripción (4 años) para interponer la citada demanda aún no se inicia, debido a que el vínculo laboral se encuentra vigente.
Respuesta del área laboral de Avendaño y Forsyth
“El Contrato de Trabajo en el Perú – Parte II”
“El sistema legal peruano en general, y en especial en la actualidad, contempla rígidos mecanismos de protección del trabajador frente al despido que no se encuentra justificado en una causa prevista en la ley.”
¿Cuáles son las modalidades de contratación que permite la ley peruana? y ¿Cuáles son las diferencias más saltantes entre cada uno de ellos?
Nuestra legislación distingue tres situaciones, con tres modalidades cada una, en las que se puede contratar a plazo fijo.
En primer lugar existen los contratos de naturaleza temporal, relacionados principalmente con coyunturas de la Empresa como tal: incluye la modalidad basada en el inicio o lanzamiento de una nueva actividad; la basada en las necesidades del mercado, lo que implica una elevación coyuntural e imprevista de la demanda de los productos de la empresa; y la reconversión empresarial, que se produce cuando aquella afronta cambios de importancia.
En segundo lugar aparecen los contratos de naturaleza accidental, que corresponden a situaciones que no necesariamente se encuentran bajo el control del empleador: incluye como modalidades al contrato ocasional, que opera para necesidades transitorias distintas de la actividad habitual del empleador; el contrato de suplencia, que sirve para reemplazar a un trabajador, por ejemplo durante sus vacaciones o durante el descanso pre o post natal; y el contrato de emergencia, cuyo fin es cubrir necesidades imprevistas y graves, como su nombre lo indica. Continuar leyendo » “El Contrato de Trabajo en el Perú – Parte II”
“El contrato de Trabajo en el Perú – Parte I”
Mario Pasco Lizárraga, es Abogado, especialista en Derecho Laboral, Profesor en la Facultad de Derecho y la Escuela de Postgrado de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Actualmente es Socio del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano.
“No es necesario que el trabajador exija contrato escrito, pero sí resulta recomendable que verifique su inclusión en la planilla de la empresa.”
¿Cuál es el objetivo de celebrar un contrato de trabajo entre la empresa y el empleado?
El contrato y la relación de trabajo típicos operan sin necesidad de firmar documentos, sino ante la simple realidad de que se haya prestado el servicio, que este haya sido subordinado (es decir, que el trabajador haya estado a órdenes o disposición del empleador) y a cambio de una remuneración. Continuar leyendo » “El contrato de Trabajo en el Perú – Parte I”

